Resumen: Se absuelve al acusado el delito de abuso sexual con menor de dieciséis años, cualificado por haberse prevalido de una relación de superioridad con la víctima, que se le imputaba. La sala no estima probado que el mismo hubiere procedido a dar a la menor, nieta de la señora en cuya casa vivía, que contaba con diez años de edad, besos en el cuello, ni que le tocara la zona genital, ni que realizase frotamientos con el pene en la zona genital de la niña. Ni los padres de la menor ni esta asistieron al acto del juicio. Y si bien se procedió a la lectura de las declaraciones, se destaca que la defensa no asistió a dichos actos en la debida forma, de modo que los testimonios de los padres y la exploración de la menor no pudieron ser sometidos a la debida contradicción, por lo que no pueden ser tenidos en cuenta. En concreto, la exploración de la menor no cumple los standard exigidos por la jurisprudencia, dado que la menor fue entrevistada por el Juez de Instrucción y por un miembro del Equipo Psicosocial, pero no se permitió a las partes intervención de tipo alguno, ni tan siquiera su asistencia. Si prescindimos de los testimonios anteriores, y dado que el acusado se ha declarado inocente, la prueba es insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. Se une a lo dicho, el juego del principio in dubio pro reo; y en la causa, poco puede darse por probado en punto a declarar la participación del acusado en la conducta que se le imputa. Por ello, se absuelve al acusado